CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN DE PESCA 2016.

Según recientes informaciones que nos están llegando, se prevén ciertos cambios en lo que respecta a la normativa de pesca en distintas comunidades autónomas.

Desde hace ya tiempo, en el mundo de la pesca se viene reclamando a las autoridades que hagan algo para solventar la problemática del descenso de la población de las especies en nuestros ríos, sobretodo de la Trucha Común (Salmo Trutta).

La población de este salmonido viene siendo mermada desde hace muchas generaciones, y junto con los evidentes problemas que aparecen en los ríos cada vez quedan menos ejemplares de esta especie.




Como bien sabemos, la contaminación de las aguas, la colmatación de los fondos, la falta de lluvias con la disminución evidente de riadas, las variantes en la climatología, etc son factores que dañan gravemente la existencia de las truchas, pero nos es muy difícil o en ocasiones imposible salvar estos obstáculos .

Por eso debemos focalizar la actuación en otro tipo de problemas que están apareciendo.
Y parece que en algunas comunidades autónomas están empezando a darse cuenta de que hay que empezar a cuidar este recurso tan potente pero tan poco protegido que tenemos.




En lo que respecta a la Comunidad de Aragón, destacamos las siguientes medidas:

En todas las aguas trucheras autorizadas para la pesca en captura y suelta el periodo hábil será el comprendido entre el 3er sábado de marzo y el 15 de octubre ambos incluidos.

Sin embargo, en las aguas declaradas de alta montaña, así cómo lagos e ibones de alta montaña declarados en régimen de captura y suelta, el periodo hábil será el comprendido entre el 1 de junio y 15 de octubre ambos incluidos.



Vemos que se ha alargado en 15 días el final de la temporada hábil respeto a años anteriores.
En el aspecto de la conservación de la especie Salmo Trutta, este cambio no afectaría, debido a que se prolongaría la temporada en la modalidad de Captura y Suelta.

Durante la pesca en las aguas declaradas habitadas por la trucha en régimen de captura y suelta se prohíbe el uso del cebo natural y sólo se autorizan cebos artificiales que dispongan de un único anzuelo de una sola punta y sin arponcillo o rebaba final de retención.

Queda prohibida la utilización como cebo de cualquier especie (viva o muerta y de sus partes o derivados) exótica al medio dulceacuícula aragonés (salvo la sardina muerta), entre las especies exóticas prohibidas caben destacar los peces, moluscos (cefalópodos y caracoles, entre otros) e insectos y todo ello sin perjuicio de lo indicado en los artículos 6.4, 9, 14 y 18 del Plan General de Pesca de Aragón 2016.

Se prohibiría la pesca a cebo, salvando la mortaldad propiciada por esta técnica, echo comprobable después de los extensos y minuciosos estudios realizados por distintos expertos.

En las aguas autorizadas para la pesca extractiva el número máximo de piezas de trucha común (Salmo trutta) por pescador y día será de 3 ejemplares.

Se reduce una trucha del cupo máximo en las aguas autorizadas para la pesca extractiva de trucha común respecto a las de años anteriores.



En las aguas trucheras autorizadas para la pesca extractiva sólo se podrán sacrificar truchas comunes (Salmo trutta) de unas tallas entre 21 y 25 cm, ambas incluidas.

Esta es una de las opciones mas acertadas que se van a aplicar en el nuevo Plan General de Pesca y que beneficia a las zonas de pesca extractiva, ya que en estas zonas se permitía ejecutar ejemplares de tamaños superiores a un determinado tamaño, ( Por ejemplo: todos aquellos superiores a 30 cm.) como se venia haciendo desde siempre.




Lo cual hacia que las truchas de mayor tamaño desaparecieran, perdiendo los mejores reproductores de nuestros cotos y viéndose reducida año tras año la población de truchas en nuestros ríos.

Otra medida que se va a adoptar sera la de la utilización de suelas para nuestras botas de materiales que no sea el fieltro.




Para evitar la propagación de especies exóticas como el mejillón cebra (Dreissena polymorpha) y el alga moco (Didymosphenia germinata) entre otras, se prohíbe el uso de suelas de fieltro para la práctica de la pesca en Aragón a partir del 1 de julio de 2016.


Esperemos que finalmente se cumplan estas medidas y si puede ser que se tomen en consideración otras actuaciones muy importantes como seria el tema de los cormoranes, como ya están tratando otras Comunidades Autónomas de nuestro país.

Estaremos atentos a todo cambio y estamos abiertos a escuchar todos los detalles que se realicen en otras comunidades de nuestro país e intentar hacerlo llegar a mas gente.


Adjunto el enlace del Borrador del Plan General de Pesca de Aragón, 2016:
(Haz click en el enlace inferior.)

PLAN GENERAL PESCA ARAGON 2016


ADRIÁN AICART TENA.







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